Sin toque de queda pero con tarjeta de vacuna o prueba PCR para entrar a establecimientos
- Rey Duràn
- octubre 8, 2021
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El Ministerio de Salud Pública anunció este viernes una serie de nuevas medidas a aplicar a nivel nacional, horas después de que el Poder Ejecutivo anunció el fin del toque de queda y el estado de emergencia.
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Estas disposiciones están divididas en dos grupos, las que se van a aplicar a partir del próximo lunes y las que entrarán en vigor el día 18 del presente mes.
Asimismo, se mantienen medidas ya vigentes como el uso obligatorio de mascarilla, la higienización de las manos y el distanciamiento físico en espacios públicos.
Las que iniciarán la semana siguiente son el requerimiento de una autorización de Salud Pública para organizar actividades que impliquen aglomeración.
Igualmente, los establecimientos de uso público podrán recibir personas hasta el 75 % de su capacidad.
Además, prohibirán el expendio de bebidas alcohólicas en bares, discotecas, colmados, casinos y centros de diversión de lunes a viernes después de la medianoche y los sábados y domingo luego de la 2 de la mañana.
El 18 de octubre
A partir de esta fecha las personas mayores de 12 años deberán presentar un documento de identidad y su tarjeta de vacunación con por lo menos dos dosis de la vacuna contra el Covid-19, ambos en original y en copia legible (física o digital) a la autoridad pública o privada correspondiente, si desean realizar las siguientes actividades:
Para asistir de manera presencial a lugares de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo; para asistir de manera presencial a los centros de estudios de todos los niveles, sean públicos o privados; si desea utilizar medios de transporte, sea urbano o interurbano.
Lo mismo para ingresar bares, discotecas, colmados, restaurantes, clubes, centros comerciales, casinos, tiendas u otros centros de diversión.
¿Y si no se han vacunado?
Quienes no tengan la tarjeta de vacunación, tendrán que presentar de manera recurrente una prueba original de PCR que sea negativa y realizada siete días antes.
Esta medida se dejará de aplicar 14 días después de recibir la segunda dosis de la vacuna, y en casos excepcionales Salud Pública podrá otorgar permisos especiales a quienes no puedan recibir la vacuna por razones médicas.
Tras este anuncio, las autoridades también subrayaron que la falsificación de las tarjetas o pruebas PCR podrá ser perseguida y sancionada en conformidad al Código Penal
Si te ha parecido interesante, ¡compártelo con tus amigos!
Fuente: Listín Diario
El Ministerio de Salud Pública anunció este viernes una serie de nuevas medidas a aplicar a nivel nacional, horas después de que el Poder Ejecutivo anunció el fin del toque de queda y el estado de emergencia.
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Estas disposiciones están divididas en dos grupos, las que se van a aplicar a partir del próximo lunes y las que entrarán en vigor el día 18 del presente mes.
Asimismo, se mantienen medidas ya vigentes como el uso obligatorio de mascarilla, la higienización de las manos y el distanciamiento físico en espacios públicos.
Las que iniciarán la semana siguiente son el requerimiento de una autorización de Salud Pública para organizar actividades que impliquen aglomeración.
Igualmente, los establecimientos de uso público podrán recibir personas hasta el 75 % de su capacidad.
Además, prohibirán el expendio de bebidas alcohólicas en bares, discotecas, colmados, casinos y centros de diversión de lunes a viernes después de la medianoche y los sábados y domingo luego de la 2 de la mañana.
El 18 de octubre
A partir de esta fecha las personas mayores de 12 años deberán presentar un documento de identidad y su tarjeta de vacunación con por lo menos dos dosis de la vacuna contra el Covid-19, ambos en original y en copia legible (física o digital) a la autoridad pública o privada correspondiente, si desean realizar las siguientes actividades:
Para asistir de manera presencial a lugares de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo; para asistir de manera presencial a los centros de estudios de todos los niveles, sean públicos o privados; si desea utilizar medios de transporte, sea urbano o interurbano.
Lo mismo para ingresar bares, discotecas, colmados, restaurantes, clubes, centros comerciales, casinos, tiendas u otros centros de diversión.
¿Y si no se han vacunado?
Quienes no tengan la tarjeta de vacunación, tendrán que presentar de manera recurrente una prueba original de PCR que sea negativa y realizada siete días antes.
Esta medida se dejará de aplicar 14 días después de recibir la segunda dosis de la vacuna, y en casos excepcionales Salud Pública podrá otorgar permisos especiales a quienes no puedan recibir la vacuna por razones médicas.
Tras este anuncio, las autoridades también subrayaron que la falsificación de las tarjetas o pruebas PCR podrá ser perseguida y sancionada en conformidad al Código Penal
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Fuente: Listín Diario
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