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Diputados aprueban Sistema Nacional de Alertas para personas desaparecidas

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La Cámara de Diputados aprobó este miércoles y convirtió en ley una iniciativa que crea el Sistema Nacional de Alertas para agilizar la búsqueda de personas desaparecidas en República Dominicana. El proyecto, que permaneció más de tres años en el Congreso Nacional, fue impulsado por diversos sectores de la sociedad.

De ser promulgada por el presidente Luis Abinader, la norma obligará a los organismos de seguridad a implementar un nuevo protocolo de prevención y localización. Una comisión liderada por el Ministerio del Interior y Policía (MIP) se encargará de difundir las alertas a través de medios radiales, televisivos, telefonía móvil, mensajes de texto, multimedios y redes sociales de las instituciones involucradas.

“Estos pueden ser radial, televisivo, de telefonía móvil, vía mensajes de texto o multimedios, redes sociales de las instituciones que conforman la brigada, entre otros; donde se difundirán tanto las fotografías de las personas que estén desaparecidas como cualquier información que se considere relevante”, indica el artículo 11. La ley también contempla el uso de terminales de transporte, plataformas digitales y boletines policiales.

La Policía Nacional o el Ministerio Público activarán la alerta “luego de valorar la denuncia”, sin necesidad de esperar 24 horas desde la desaparición. Posteriormente, se incluirán los datos en el sistema nacional, se visibilizará la alerta y se coordinará la búsqueda en hospitales, aeropuertos, fronteras y otras zonas estratégicas. En caso de indicios de traslado al exterior o delitos transnacionales, se solicitará apoyo internacional.

El artículo 31 establece que cada alerta tendrá una duración inicial de cinco días, aunque “el cuerpo policial u órgano persecutor” podrá “extender la alerta por el mismo plazo, cuantas veces sea necesario, si las circunstancias lo ameritan”.

La legislación crea cuatro tipos de alertas: la “Alerta AmberRD” para niños, niñas y adolescentes, con recursos especializados para su restitución inmediata; la “Alerta Silver” para personas mayores de 65 años; la “Alerta Azul” para quienes presenten algún déficit o limitación en su participación social; y la “Alerta Rosa” para casos relacionados con mujeres.

La pieza también prevé sanciones para servidores públicos “que, en conocimiento de una persona desaparecida, no informen”, las cuales pueden incluir la destitución del cargo, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal correspondiente.

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