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Corte nacional niega permiso de viaje a exprocurador Jean Alain

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El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó la solicitud de la defensa del exprocurador general Jean Alain Rodríguez Sánchez para que se levantara la prohibición de salir del país y pudiera trasladarse a Madrid con fines médicos.

La magistrada Claribel Nivar Arias explicó que el juzgado no pudo valorar los informes médicos presentados porque carecían de traducciones oficiales, lo que vulnera el artículo 137 del Código Procesal Penal. En la resolución núm. 249-04-2026-SRES-00005, de fecha 20 de febrero de 2026, se indicó: “Este tribunal se vio imposibilitado de valorar las pruebas médicas depositadas debido a graves irregularidades procesales, principalmente la ausencia de traducciones oficiales de documentos redactados en idioma inglés”. Además, la sentencia añadió: “Esta ausencia impide determinar si constituye una traducción válida del documento original… generando dudas esenciales”.

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Los abogados Carlos Balcácer, Gustavo Adolfo Biaggi Pumarol y Nelys Rivas argumentaron que el exfuncionario padece un adenoma en el riñón izquierdo y cálculos renales recurrentes, afecciones que requerirían estudios y tratamientos especializados en el Hospital Ruber Internacional, del Grupo Quirón Salud, en Madrid. También señalaron episodios previos, como un cólico nefrítico agudo en mayo de 2022, y un antecedente familiar de enfermedad renal grave.

Doctores como Ana Isabel Chávez y Hamid Feiz, en enero de 2025, recomendaron la evaluación en centros extranjeros, subrayando la necesidad médica del desplazamiento. No obstante, el tribunal consideró que los documentos presentados, incluidos historiales de hospitales estadounidenses, estaban en inglés y no contaban con la traducción jurada requerida, lo que invalidó tanto el “presupuesto fáctico” como los documentos accesorios.

Mientras tanto, Rodríguez Sánchez sigue bajo medidas de coerción que incluyen la prohibición de salir del territorio sin autorización judicial y la obligación de presentar una garantía económica. La decisión también se produce en un contexto donde el principal testigo de cargo, el exjefe de Gabinete de la Procuraduría Rafael Stefano Canó Sacco, reside actualmente en España.

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