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Fiscalía pide coerción por muerte de bebé de ocho meses en San Cristóbal

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La audiencia para conocer la solicitud de medida de coerción fue fijada para el próximo viernes, 15 de mayo de 2026, a partir de las 9:00 de la mañana. El Ministerio Público pidió que el imputado sea enviado al Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR-XX) Najayo Hombres.

El caso involucra a Joel Carmona Pinales, de 25 años de edad, señalado por el Ministerio Público como autor de homicidio voluntario y actos de tortura y barbarie contra su hijastra de ocho meses. Los hechos se atribuyen a un episodio ocurrido el pasado mes de abril en una residencia del sector Jeringa, en San Cristóbal, donde el acusado convivía recientemente con la madre de la niña.

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De acuerdo con una nota de prensa del órgano persecutor, la autopsia realizada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) determinó que la muerte fue violenta y rápida, “de etiología médico legal homicida”, y estableció como causa el Síndrome del Niño Maltratado.

El informe citado por el Ministerio Público señala que el cadáver presentaba deformidad facial derecha por contusión y edema, así como una huella de mordedura humana en la mandíbula y el cuello, compatible con la dentición del imputado. También registraba fractura craneal, hemorragia, contusión y edema cerebral y pulmonar.

Según la instancia, el hecho ocurrió en horas de la madrugada del día 19 de abril, mientras la víctima dormía. La Fiscalía indica que Carmona Pinales levantó a la niña por el cuello y que, al notar que la madre lo observaba, la soltó y la colocó en la cama.

La madre verificó luego el estado de la menor y advirtió que se sentía mal, por lo que la trasladó a un hospital de la zona, donde se declaró su muerte, conforme a la versión presentada por el Ministerio Público.

La Fiscalía de San Cristóbal sostuvo en su solicitud que la conducta atribuida a Carmona Pinales se ajusta a los tipos penales previstos en los artículos 295 y 303-4-1 del Código Penal Dominicano, relativos al homicidio voluntario y a los actos de tortura y barbarie contra niños, niñas o adolescentes.

El Ministerio Público afirmó que la solicitud está respaldada por pruebas testimoniales, documentales y periciales que comprometen la responsabilidad penal del imputado. Por ello, considera que la prisión preventiva debe imponerse “ya que dichas pruebas son suficientes para sostener, razonablemente, que el procesado es autor de los hechos que se le atribuyen y por existir el peligro de fuga”.

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