Tribunal absuelve a “Onguito Wa” por falta de pruebas en caso de intento de homicidio
El Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este declaró no culpables a Elvis Manuel Santos Alcántara, conocido como “Onguito Wa”, y a Ernellis Capellán Matos, quienes enfrentaban cargos de intento de homicidio contra Freisy José Báez Ciprián. La decisión se fundamentó en la insuficiencia probatoria, conforme al artículo 343, numeral 2 del Código Procesal Penal dominicano.
La sentencia fue emitida de manera unánime por el tribunal presidido por Elizabeth Esperanza Rodríguez Espinal e integrado por Flor E. Batista Polo y José Leonel Asencio. Durante la lectura del fallo, el magistrado Asencio señaló que los testigos presentados por el Ministerio Público eran únicamente agentes policiales que participaron en el arresto y en el peritaje del vehículo, sin haber presenciado el hecho. Otro testigo admitió no haber visto nada de lo ocurrido.
El material audiovisual presentado como prueba fue considerado insuficiente, ya que la calidad y el ángulo del video hacían “prácticamente imposible” identificar a los ocupantes del automóvil. Aunque se presentó un certificado médico que confirmaba las lesiones de la víctima, el tribunal concluyó que este documento solo acreditaba la existencia de heridas, sin vincularlas directamente a los imputados.
El juez destacó que hubiese sido “importantísimo” que la víctima compareciera en el tribunal para señalar a sus agresores, lo cual no sucedió. En consecuencia, se ordenó el cese inmediato de las medidas de coerción y la devolución del vehículo retenido.
La lectura íntegra de la sentencia quedó fijada para el 9 de junio a las 9:00 de la mañana, fecha en la que también será notificada formalmente a la víctima.
El expediente señalaba que el 22 de diciembre de 2024, a las 11:00 a.m., en la calle 5 del sector Invi, en Los Mina, Capellán Matos, conocido como “Cerdo Gatillo”, habría disparado contra Báez Ciprián desde un automóvil Honda Fit gris, presuntamente conducido por “Onguito Wa”. Sin embargo, el tribunal determinó que las pruebas no lograban destruir la presunción de inocencia de los acusados.
En reyduran.com, algunas imágenes utilizadas en nuestras publicaciones provienen de fuentes externas, agencias informativas y bancos de imágenes. Todas las imágenes se emplean exclusivamente con fines periodísticos, informativos y educativos. Cada imagen incluye su respectivo crédito o referencia a la fuente original. No comercializamos, revendemos ni utilizamos las imágenes con fines promocionales o publicitarios.
Si usted es titular de derechos sobre alguna imagen publicada y considera que su uso no es adecuado, puede contactarnos a info@reyduran.com para solicitar su modificación o retiro inmediato.

